sábado, 29 de junio de 2013

EL CORTE INGLÉS CONDENADO POR DISCRIMINACIÓN SALARIAL DE GÉNERO, TRAS LA DEMANDA DE CCOO



Tras la denuncia efectuada en 2006 por 6 compañeras de Valladolid afiliadas a CCOO, por fin este pasado 19 de junio el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León acaba de dictar sentencia CONDENANDO AL CORTE INGLÉS POR DISCRIMINACIÓN SALARIAL A LAS MUJERES.

En el texto de la sentencia queda constancia que, en el centro de trabajo de Zorrilla en Valladolid, la cantidad cobrada de promedio en concepto de “Complemento personal” por la parte masculina de la plantilla (244 hombres) es de 199,60€, frente a los 81,91€ cobrados de promedio por la plantilla femenina (495 mujeres). MÁS MUJERES,  MENOS RETRIBUCIÓN
 
Y, una vez más, los tribunales señalan al “Complemento personal” como la herramienta de la que se vale la empresa para ejercer esta discriminación, puesto que:
  •  Lo establece según “criterios variables y desconocidos”, pero cuyo resultado produce “una notoria desproporción entre el importe percibido de promedio por los hombres respecto del percibido por las mujeres e, incluso, entre el número de hombres y mujeres que lo perciben ". El tribunal considera ni más ni menos que QUEDA ASÍ ESTABLECIDA UNA INNEGABLE DIFERENCIA DE TRATO ENTRE AMBOS COLECTIVOS 
  • Ha sido incapaz de probar cuáles han sido los criterios utilizados para aplicarlo, por lo que resulta “un acto de fé suponer que los aplicados son neutrales y nada tienen que ver con el sexo del trabajador”

El Tribunal va incluso más allá al manifestar que, por encima de la libertad que una empresa privada pueda tener para establecer su ámbito de decisiones, e incluso no estar obligada a hacer transparente su gestión y las motivaciones de sus actos, está que de esas actuaciones no resulten diferencias de trato que vulneren el principio constitucional de igualdad. A IGUAL TRABAJO, IGUAL SALARIO

 La tenacidad y valentía de 6 compañeras que durante más de 7 años han recorrido un largo, duro y tortuoso camino nos han dado un ejemplo y nos han mostrado lo que se puede conseguir, pero no podemos ni debemos olvidar que la empresa lleva décadas, convenio tras convenio, artículo 41 tras artículo 41, discriminando a sus trabajadoras, vulnerando los derechos laborales de su plantilla, esquilmando nuestros salarios, imposibilitando la conciliación de nuestra vida laboral y familiar… CON EL RODILLO DE LA MAYORÍA DE FASGA Y FETICO EN TODOS LOS COMITÉS

LA RESIGNACIÓN NO ES UNA OPCIÓN, LUCHA

jueves, 27 de junio de 2013

CCOO CONSIGUE DEMOSTRAR QUE EL CORTE INGLÉS DISCRIMINA A SUS TRABAJADORAS




El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dictado sentencia a favor de seis trabajadoras pertenecientes a CCOO de El Corte Inglés, que han demandado a través de nuestro sindicato, que padecían discriminación por razón de sexo. 

Declara la sentencia que la conducta del El Corte Inglés vulnera su derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo al ser su complemento personal inferior al de sus compañeros hombres, siendo la causa de tal diferencia su condición de mujeres.

Queda demostrado que la empresa fija el complemento personal según criterios variables y desconocidos, criterios que no son neutrales ni derivan de causas suficientes, reales y serias para que sean razonables y ajenas a todo propósito lesivo.

Por lo tanto, la empresa no ha acreditado que los criterios que aplica son ajenos a la discriminación por razón de sexo, es decir, que establece el concepto salarial a través de decisiones no objetivas ni transparentes cuyo resultado es una diferencia de trato por razón de sexo.

Declara así la sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León:

· La nulidad radical de la conducta de El Corte Inglés y se ordena el cese de la conducta discriminatoria en el aspecto salarial.

· Establece que estas trabajadoras tienen derecho a percibir como mínimo un complemento personal igual que el de los hombres.

· Condena a la empresa a abonar a cada una de las trabajadoras una indemnización por las diferencias existentes entre su complemento y el percibido como promedio por los trabajadores hombres.

Desde la Federación de Servicios Privados de CCOO de Castilla y León y desde la sección sindical estatal de CCOO de El Corte Inglés, saludamos efusivamente esta Sentencia, que demuestra lo que innumerables veces hemos denunciado, y es que El Corte Inglés es una empresa en la que las relaciones laborales cada vez son más difíciles para los trabajadores y aún más, para las trabajadoras.



miércoles, 19 de junio de 2013

MODIFICACION DE HORARIOS: NOS VEMOS DE NUEVO EN LA AUDIENCIA NACIONAL


En su constante lucha por intentar minimizar el tremendo impacto que para los trabajadores y trabajadoras tienen siempre las medidas que Fasga y Fetico acuerdan con la empresa en perjuicio de nuestros derechos, CCOO una vez más HA IMPUGNADO ante la Audiencia Nacional la última aplicación del Art 41 que se nos ha venido encima.

La cita será el próximo 5 de septiembre y no sabemos el resultado que obtendremos porque de nuevo nos enfrentamos a un acuerdo RATIFICADO POR LA APLASTANTE MAYORÍA DEL COMITÉ INTERCENTROS CONFORMADA POR FASGA Y FETICO, pero sí sabemos que no podemos quedarnos de brazos cruzados y que hay que DENUNCIAR lo que esta “modificación” realmente significa: la implantación de “un modelo estructural y permanente de modificaciones continuas de condiciones de trabajo, en materia de jornada, horarios y turnos, que de facto descanaliza la figura legal regulada en el art. 41 del Estatuto de los Trabajadores y menoscaba los derechos de los trabajadores”

En el texto de la demanda CCOO pone de manifiesto, entre otros aspectos, que:
  • En la negociación se ha ampliado y superado el tope legal máximo del período de consultas previsto en el Art. 41 sin que existieran razones justificadas y razonables más allá del interés, por parte de la empresa, de esperar a la publicación del Convenio.
  • Algunas de las modificaciones planteadas y de las medidas adoptadas, así como los contenidos materiales concretos acordados, suponen vulnerar preceptos tanto del Convenio que estaba en vigor como del nuevo, de determinados artículos del Código Civil, del Estatuto de los Trabajadores e, incluso, de la propia Constitución.
  • En relación al trabajo en domingos y festivos, más allá de implicar incluso a los trabajadores y trabajadoras de los centros sin apertura generalizada, el acuerdo y la propia empresa en sus alegaciones iniciales alegan “el reparto equitativo y solidario del reparto de trabajo” estableciendo así una causa nueva y ajena a las previstas en la ley.
  • Igualmente, respecto a las medidas que afectan a los trabajadores contratados a tiempo parcial, entre ellas el establecimiento de un módulo horario superior al pactado en el contrato, contravienen lo dispuesto en el propio Convenio en relación al Estatuto.
  • “La posibilidad permisiva de que las direcciones de cada centro puedan desarrollar modificaciones al margen de las previsiones legales con la mera información al Comité, incurre también en la infracción del Art. 41 del estatuto y del Art. 27.1 del Convenio”
Por todo ello, CCOO solicita a la Audiencia Nacional que “dicte sentencia por la que se declare la nulidad del acuerdo impugnado y se condene a la empresa a reponer a los trabajadores afectados en las condiciones que tenían antes” pero lo más importante es que EL CAMBIO ESTÁ EN NUESTRAS MANOS: HAY QUE CAMBIAR LAS MAYORÍAS EN LOS COMITÉS PARA QUE ESTOS ACUERDOS NO SE REPITAN.

LA RESIGNACIÓN NO ES UNA OPCIÓN, LUCHA

jueves, 6 de junio de 2013

PARECE QUE EL “INGLÉS” PAGARÁ EL VINO QUE SE BEBIÓ


LA AUDIENCIA NACIONAL VUELVE A CONDENAR A EL CORTE INGLÉS, FASGA Y FETICO

El pasado 21 de Mayo dictó Auto la Audiencia Nacional requiriendo a El Corte Inglés que reparara el daño por discriminación que ha estado cometiendo con el personal femenino durante tanto tiempo. Y es que a raíz de las denuncias a la Inspección de Trabajo interpuestas por CCOO, que acabaron con la sentencia del Tribunal Supremo en contra de la empresa por discriminación, desde CCOO impulsamos y firmamos el Plan de Igualdad en 2008 para garantizar que se hicieran las gestiones oportunas para corregir estas diferencias.

Pero lejos de cumplirse lo pactado en el citado Plan, la Empresa, junto a sus sindicatos Fasga y Fetico, ha estado obstaculizando el desarrollo de las medidas implantadas y ha creído que era suficiente con uniformar a los hombres y cambiar el nombre del complemento personal para reparar las desigualdades existentes entre hombres y mujeres. La Audiencia Nacional no lo entiende así y, a instancias de la denuncia promovida por CCOO, ha requerido a El Corte Inglés SA, Fasga y Fetico para que en el plazo máximo de tres meses desplieguen medidas destinadas a reducir las desigualdades retributivas entre hombres y mujeres que puedan desplegarse en el año 2013, advirtiéndoles que, si no se cumplimentaran en el plazo citado, se les impondrán los correspondientes apremio pecuniarios, sin perjuicio de las acciones por resarcimiento de daños, que pueda promover la parte ejecutante.

Compañeras y compañeros, El Corte Inglés y Fasga&Fetico, los mismos que nos han firmado el Convenio Colectivo y un Acuerdo que nos obliga a trabajar los festivos y nos dejan desprotegidos ante las decisiones de la empresa; los mismos que sólo saben proteger sus intereses a costa de los trabajadores y trabajadoras; los mismos que tienen el objetivo común de impedir que CCOO tenga presencia en El Corte Inglés, son los mismos que DISCRIMINAN a las mujeres.

Durante estos cinco años se ha perdido un tiempo precioso, según la Audiencia Nacional, para avanzar en la igualdad dentro de la empresa, corrigiendo la discriminación que padecen las mujeres. No obstante desde CCOO seguiremos defendiendo la igualdad de género en El Corte Inglés y por ello el pasado 3 de Junio hemos enviado un escrito a la empresa instado a que cumpla con la Sentencia, reservándonos el derecho de interponer las acciones pertinentes por resarcimiento del daño padecido.

REACCIONA, ORGANÍZATE Y LUCHA
AFÍLIATE A CC OO

miércoles, 5 de junio de 2013

LA AUDIENCIA NACIONAL RATIFICA LA DENUNCIA DE CCOO SOBRE DISCRIMINACIÓN EN EL CORTE INGLÉS



La Audiencia nacional ha emitido un Auto, de fecha 21 de mayo de 2013, donde vuelve a dar la razón a CCOO y obliga a El Corte Inglés a cumplir lo dictaminado en la Sentencia de 17 de enero de 2013, consistente en corregir la discriminación que sufren las trabajadoras en materia de retribución salarial y que de manera sistemática han venido padeciendo en el denominado Complemento Personal.

Y es que de nada le ha servido la treta orquestada entre la Empresa y sus departamentos sindicales, Fasga y Fetico, para seguir enmascarando la discriminación que sufren las trabajadoras, y ha emplazado a El Corte Inglés para que en un plazo máximo de tres meses introduzcan medidas correctivas para la equiparación de las retribuciones entre hombres y mujeres para que puedan aplicarse este mismo año.

Le intención de la Empresa, con la ayuda de sus sindicatos títeres, era que todo siguiera igual que hasta ahora, y lo único que había hecho era cambiar el nombre del Complemento Personal por Complemento 31-12-12 y el compromiso de evaluar los efectos de esta medida en el primer trimestre del año 2014. La Audiencia Nacional da la razón a CCOO, promotor de la denuncia, y entiende que esta medida no constituye por sí misma una corrección para la equiparación de las retribuciones entre hombres y mujeres, y es por ello que condena a El Corte Inglés para que en un plazo máximo de tres meses corrija esta “anomalía”.

Esperemos que nuestra empresa cumpla con lo dictaminado, aunque no nos extrañaría nada que contara una vez más con la colaboración de Fasga y Fetico para eludir esta nueva condena, volviendo a pisoterar los derechos del personal y sobre todo el de las mujeres en el caso que nos ocupa.

CCOO EN DEFENSA DE TUS DERECHOS